Condiciones para una relación afectiva
Las posibilidades de una relación personal sea de pareja o de amistad son escasas
pero excepcionalmente se pueden dar si se cumplen dos condiciones :
1) Que el otro-a ponga interés y se esfuerce activamente por crear y mantener la relación.
2) Que el otro-a tenga una personalidad extravertida, sociable y cálida.
Si se cumplen estas dos condiciones la relación puede funcionar. En el punto 2) funciona el principio
de la atracción de los contrarios y la repulsión de los
iguales.